SOCIEDAD EN NOMBRE COLECTIVO
Es aquella que existe bajo una
razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario,
ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales.
SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE
Es la que existe bajo una razón
social y se compone de uno o varios socios comanditados que responden de manera
subsidiaria, ilimitada y solidariamente, de las obligaciones sociales, y de uno
o varios comanditarios, que solo están obligados al pago de sus aportaciones.
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
Es la que se constituye entre socios que solamente
están obligados al pago de sus aportaciones, sin que las partes sociales puedan
estar Representadas por títulos negociables, a la orden o al portador, pues
sólo serán cedibles en los casos y con los requisitos que establece la Ley
Vigente.
SOCIEDAD DE COMANDITA POR
ACCIONES
Se compone de uno o varios socios
comanditados que responden de manera subsidiaria, ilimitada y solidariamente,
de las obligaciones sociales, y de uno o varios comanditarios que solo están
obligados al pago de sus acciones.
SOCIEDADES COOPERATIVAS
Se rigen por su legislación
especial.
SOCIEDADES DE CAPITAL VARIABLE
El capital social será
susceptible de aumentar por las aportaciones posteriores de los socios o por la
admisión de nuevos socios, y de disminuir dicho capital por retiro parcial o
total de las aportaciones sin más formalidades que las establecidas por la ley.
SOCIEDAD ANÓNIMA
Existe bajo una denominación y se
compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus
acciones. La denominación se formará libremente, pero será distinta de la de
cualquiera otra sociedad y al emplearse ira siempre seguida de las palabras “Sociedad
Anónima” o de su abreviatura “S.A.”